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Distrito 14

Distrito 14 (285)

Bienes Nacionales entrega a agrupación de memoria excentro de detención y tortura en Curacaví

El lugar, ubicado dentro del casco histórico y cercano a la Plaza de Armas de la comuna de Curacaví, fue utilizado como centro de detención y tortura desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el año 1976 de personas que- en su mayoría- se desempeñaban en labores propias de una comunidad agrícola y no tenían militancia política.

A 50 años del Golpe de Estado y en coordinación con la Delegación Provincial de Melipilla, el Ministerio de Bienes Nacionales realizó la entrega oficial del inmueble “ex Tenencia de Carabineros de Curacaví” a la Agrupación Social y Cultural de Derechos Humanos de la comuna.

El traspaso, concretado a través una concesión de uso gratuito de corto plazo, permitirá a la organización la implementación de un espacio de memoria que contempla un museo, biblioteca, sala audiovisual y una explanada.

Al destacar este hito, la ministra de Bienes Nacionales, Marcela Sandoval, expresó que “nos alegra poder cumplir nuevamente con el compromiso presidencial de recuperar lugares para la promoción de los derechos humanos, la memoria y la reparación, como es el caso de la ex Tenencia de Curacaví. Poner en valor los relatos que surgieron de centros de detención, tortura y desaparición forzada como éste nos permiten instalar el nunca más con el que queremos que crezcan las nuevas generaciones; una tarea que es del Estado y a la que está llamada la sociedad en su conjunto, porque como dice el gobierno en estos 50 años del Golpe, democracia es memoria y futuro”.

El lugar, ubicado dentro del casco histórico y cercano a la Plaza de Armas de la comuna de Curacaví, fue utilizado como centro de detención y tortura desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el año 1976 de personas que- en su mayoría- se desempeñaban en labores propias de una comunidad agrícola y no tenían militancia política. El año 2019, fue declarado por el Consejo de Monumentos Nacionales como “Monumento Histórico” y el 2023 como “Monumento Nacional”.

El acto de entrega de la concesión, que fue encabezado por el subsecretario de Bienes Nacionales, Sebastián Vergara, se celebra a 50 años de lo ocurrido el 16 de septiembre de 1973, cuando una patrulla de Carabineros, en conjunto con funcionarios del Ejército, trasladó a un grupo de siete detenidos en la ex Tenencia hasta el sector de Cuesta Barriga, donde fueron obligados a descender para ser fusilados, en uno de los tantos episodios dolorosos que marcó la historia de este recinto.

El sitio sufrió más tarde años de abandono, al punto que sus dependencias fueron ocupadas de forma irregular por un grupo de personas que mediante la modalidad de arriendo utilizaba los calabozos como habitaciones, venta de ropa y otros espacios para estacionamientos. Sin embargo, en julio de este año y gracias a las gestiones de la seremi metropolitana de Bienes Nacionales, fueron desalojadas de manera definitiva.

Respecto a esta recuperación, el subsecretario de Bienes Nacionales, Sebastián Vergara, afirmó que “hoy es un día muy especial porque, con esta entrega, se hace justicia y se pone en valor un lugar muy importante para nuestra historia. No dejaremos que espacios tan significativos para nuestra democracia y nuestro futuro sean utilizados de mala manera. Seguiremos trabajando para entregar justicia, seguridad y certeza territorial”.

En la misma línea, el seremi metropolitano de la cartera, Andrés Hidalgo, recordó que “cuando llegamos al gobierno, nos encontramos con que la ex Tenencia Curacaví estaba tomada y siendo muy mal utilizada por personas ajenas al objetivo del sitio de memoria. Lo desalojamos el día 5 de julio, e inmediatamente lo entregamos a la Agrupación Social y Cultural de Derechos Humanos de Curacaví, cumpliendo con el mandato del Presidente de avanzar en saldar la deuda que el Estado de Chile tiene en materia de derechos humanos”.

Según recalcó la Delegada Presidencial Provincial de Melipilla, Sandra Saavedra, tras este paso “comenzaremos a partir de hoy a recuperar este espacio, a abrirlo a la comunidad para que no se pierda la memoria de lo que sucedió acá. Es muy importante recalcar que en los sectores rurales es mucho más difícil recuperar la memoria, porque los hechos que sucedieron están muy ocultos, están muy borrados de la memoria de las nuevas generaciones. En ese sentido, en la recuperación de la memoria, en la búsqueda de justicia, verdad y sobre todo garantías de no repetición, este es un hecho que es muy valorado por nosotros como delegación”.

Para finalizar y emocionada con este avance, Mirta Saéz, dirigenta de la organización de derechos humanos, indicó que “para mí y la agrupación es reconfortante llegar a esto. Este es un espacio que fue abandonado por mucho tiempo por parte del Estado, pero con un trabajo largo y ayuda de muchas personas hemos llegado a este momento. Este es un hito histórico y desde hoy Curacaví va a conservar la memoria y reconocer a nuestros mártires. Esperamos que nuestro trabajo sea un granito para empezar un gran proyecto para que esto quede para la posteridad y no se pierda la historia”.

Fuente: El Desconcierto. / Autor: Daniel Lillo

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16 de septiembre: acto conmemorativo 50 años fusilamiento Cuesta Barriga.

Este 16 de septiembre se conmemoran los 50 años del fusilamiento de vecinos curacavinanos en la Cuesta Barriga a manos del contingente de Carabineros destinado en Curacaví para 1973.

La Agrupación Social y Cultural DDHH Curacaví, en la actualidad a cargo de la gestión y administración del Sitio de Memoria ex Tenencia de Curacaví, abrió sus puertas este pasado 11 de septiembre en un acto público para honrar la memoria de padres, hermanos e hijos de vecinos de la comuna, que fueron detenidos y sufrieron apremios, fueron fusilados, sobrevivieron o se encuentran hasta la actualidad en calidad de detenido desaparecido, como es el caso de Guillermo Barrera Barrera.

Para el sábado 16 de septiembre, con motivo de las actividades nacionales que se llevan a cabo por los 50 años del golpe de Estado cívico militar, se llevará a cabo un acto en las dependencias de la ex Tenencia a las 11:00 hrs. En la ocasión, según reza en flayer de difusión distribuido por la Delegación Presidencial Provincial de Melipilla, se oficializará la entrega del Sitio de memoria ex Tenencia Curacavi a la Agrupación Social y Cultural DDHH Curacavi para su gestión y administración. El acto conmemorativo es público

Los Hechos

Según se relata en el fallo, el día 12 de septiembre de 1973, a partir de las primeras horas de la tarde Jorge Gustavo Gómez Retamales, Gastón Raimundo Manzo Santibáñez y Enrique Patricio Venegas Santibáñez fueron detenidos en sus respectivos domicilios o en las inmediaciones de estos en la comuna de Curacaví por funcionarios policiales de dotación de la Tenencia de Carabineros de Curacaví, que en esa época se encontraba a cargo del Teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa .

Posteriormente los detenidos fueron hasta la Tenencia de Carabineros de Curacaví ubicada en Avda. Ambrosio   ́ O’Higgins N° 1440 de la misma comuna , lugar en el que se les mantuvo encerrados, junto a otras personas hasta el 16 de septiembre de 1973 período en el que se les sometió a interrogatorios y malos tratos.

Luego, el día 16 de septiembre en la madrugada una patrulla al mando del Teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa e integrada además por el Sargento Segundo Benjamín Seguel Ortiz actualmente fallecido , los carabineros Ciro Del Carmen Gonzalez Hernández, Manuel Arturo Lepe Barraza, actualmente fallecido y Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza y por funcionarios del Ejército de Chile ,trasladó a un grupo de detenidos desde la mencionada unidad policial hasta la Cuesta Barriga, lugar en que los obligó a descender del vehículo que los transportaba y acto seguido tras ubicarlos en fila y situarse frente a ellos, dispararon en su contra, abandonando los cuerpos en el lugar.

Fotos: Agrupación Social y Cultural DDHH Curacaví / Actividad conmemorativo 50 años 11 septiembre 2023.

Actos conmemorativos 50 años en Curacaví

Hace 50 años se llevó a cabo el Golpe de Estado contra el gobierno de la Unidad Popular, encabezado por el presidente Salvador Allende Gossens. Tras 3 años desde la victoria por mayoría relativa en las elecciones del añ0 70 por poco más del 33% y tras las elecciones parlamentarias de marzo de 1973, donde la Unidad Popular consiguió una votación del 40%, la mañana del 11 de septiembre de 1973 las FFAA se sublevaron y quebraron la institucionalidad chilena.

En Curacaví, un pueblo mucho más rural en la época comparado con el actual, el 11 de septiembre significó prisión, apremios y fusilamiento para personas. Los derechos humanos fueron violentados desde el minuto uno de la asonada militar.

Hoy distintos vecinos y organizaciones sociales conmemorarán estos 50 años. Desde hace aproximadamente 30 años, en el frontis de la iglesia por calle Williams Rebolledo, se lleva a cabo una Velatón y acto conmemorativo, iniciado en su momento por Victor Barrera Barrera, hermano del detenido desaparecido Guillermo Barrera  Barrera.

El acto se iniciará a las 20:00 hrs y comprenderá un capítulo con un par de canciones a cargo de Daniela Gatica, una performance de danza que realizará Gabriela Barnes y la lectura del poema La Memoria por parte de Leonel Gatica. Luego la Velatón serán tanto en eel frontis de la iglesia como al interior de la Plaza Presidente Balmaceda, donde se encuentra el memorial en conmemoración a detenidos y fusilados. 

En la ex Tenencia de Carabineros, lugar de detención para 1973 y hoy reconocida como Sitio de Memoria, se abrirán sus puerta entre 20:00 y 22:00 hrs para todos aquellos que deseen ir a entregar una flor, o encender una vela o simplemente estar a modo de conmemoración.

Hace 5 años se efectuó una emotiva marcha desde la Plaza Pdte Balmaceda a la ex Tenencia, ubicada en Avenida O’Higgins 1440 por la avenido con decenas de personas.

Negociación en Soprole: acuerdo o huelga

 

 

El 17 de julio, el Sindicato Nacional de Trabajadores N°2 Soprole presentó su proyecto de contrato colectivo, dando así inició a una negociación que ha llevado las partes al borde de la huelga.

Luis González, presidente del sindicato, explicó a La Rel que el tema salarial es donde existen mayores diferencias entre los trabajadores y Soprole (Grupo Gloria).

Tenemos casi dos meses negociando y la distancia entre nuestra propuesta y la de la empresa todavía es muy amplia. Hoy cierra la etapa de mediación obligatoria y, si no hay acuerdo, vamos a la huelga indefinida”.

El contrato colectivo venció el 31 de agosto. Pocos días antes, Soprole, adquirida en marzo de este año por el peruano Grupo Gloria, presentó su última oferta.

De acuerdo con la legislación laboral chilena, los trabajadores tuvieron que reunirse para votar a favor de la oferta avanzada por la empresa o de la huelga.

“Lo que ofreció la empresa no llenaba mínimamente nuestras expectativas y la inmensa mayoría de compañeros votaron por la huelga: 507 fueron los votos a favor y sólo 10 en contra”, dijo González.

Después de que la asamblea tomó su decisión, del 4 al 8 de septiembre se desarrolló la etapa de mediación obligatoria.

“Vamos a seguir negociando durante todo el día. Si no hay acuerdo, la mediadora ya anunció que la huelga indefinida arrancaría el 11 de septiembre, una fecha que además es muy simbólica para Chile”, concluyó el dirigente sindical.

En caso de que se llegara a la declaración de huelga, la asamblea del Sindicato N°2, que reúne a unos 567 trabajadores y trabajadoras, tendrá que ratificar esta medida.

González agradeció a la Rel UITA por estar siempre acompañando la lucha del sindicato y solicitando mantenerse atenta al desarrollo de la situación.

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Diputados de la Comisión de Deportes advierten “maniobra para debilitar la decisión” de terminar los contratos de la ANFP con casas de apuestas.

Este miércoles, los diputados de la Comisión de Deportes y Recreación de la Cámara de Diputadas y Diputados, Marisela Santibáñez (PC), Andrés Giordano (IND) y Jaime Mulet (FRVS), se refirieron al oficio solicitado el día martes por el diputado Marco Antonio Sulantay (UDI) en dicha Comisión, que apunta al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero -quien dio la instrucción a la ANFP para terminar los contratos con las casas de apuestas-, aludiendo a un conflicto de interés a raíz del trabajo que realizó como abogado particular, previo a ser ministro, para la Asociación de Casinos, lo que no habría sido declarado por la autoridad.

Al respecto, la diputada Marisela Santibáñez señaló que “a mí me sorprende que alguien que peleó tanto por el tema de las casas de apuestas como el diputado de la UDI, Sulantay, hoy día levante este tipo de polémicas que son innecesarias para avanzar en esto. Yo espero que estemos unidos, por lo menos los diputados oficialistas, para avanzar en lo que es un ilícito, como lo son los contratos con las casas de apuestas; tienen que tributar en Chile, tienen que cumplir todas las normas. Hemos trabajado muchísimo como Comisión de Deporte y no vamos a dar ni un pie atrás; este es el primer gran paso para limpiar el fútbol chileno, luego vendrá la separación de la ANFP y de la Federación, y todos los proyectos que anunció el ministro Jaime Pizarro”.

En esa línea, el diputado Andrés Giordano, recordó “el oficio que enviamos en agosto del año pasado donde denunciamos los contratos con la ANFP y que gatilla la fiscalización del Ministerio de Justicia, antes de que asumiera el actual Ministro, con quien se está pretendiendo generar una polémica sobre un supuesto conflicto de interés absolutamente inexistente. Y cuando, enhorabuena, eso ocurre, aparece un reclamo que pone un manto de duda en la primera acción que nos permite avanzar en la misma línea que el diputado Sulantay sugirió, cuando todos aprobamos el proyecto de ley para prohibir la publicidad de las casas de apuestas, entonces no se explica esta voltereta. Nosotros celebramos que la instrucción del Ministerio haya ocurrido porque si hay un reclamo prácticamente transversal en esta comisión, es que la ANFP opera en tierra de nadie, que no tiene ningún organismo que la fiscalice”.

Asimismo, el diputado Jaime Mulet aseguró que “esta polémica es absolutamente artificial, el ministro no tiene por qué colocar en la Declaración de Intereses y Patrimonio lo que señala el diputado Sulantay. De manera que, creo yo, obedece más bien a una maniobra para debilitar la decisión que tomó el Ministerio de Justicia y afirmar la postura del señor Milad y de la ANFP, tratando de dilatar una situación que debe resolverse de inmediato como lo ordenó el Ministerio de Justicia, que es el único organismo que puede fiscalizar a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, donde hay una cantidad de irregularidades que dan para, diría yo, disolverla no una, sino que varias veces”.

Fuente: Diputación Marisela Santibalez

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Lluvia en Santiago: Declaran Alerta Temprana Preventiva para la Región Metropolitana

Desde la noche de este martes hasta la madrugada del jueves, llegará un sistema frontal con importantes lluvias que motivaron la acción de Senapred a modo de prevención.

El Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred) decidió declarar Alerta Temprana Preventiva para la Región Metropolitana por el evento meteorológico que traerá de regreso la lluvia en Santiago.

De acuerdo al pronóstico actualizado de la Dirección Meteorológica de Chile (DMC), se espera cerca de 25 milímetros de precipitaciones en la capital, concentradas en su mayoría para este miércoles 6.

Afortunadamente, la lluvia en Santiago será con una isoterma cero alta rondando los 3.000 metros, lo que minimiza los riesgos para la población en torno a remociones de masas o aluviones en sectores precordilleranos.

“La declaración de esta alerta se constituye como un estado de reforzamiento de la vigilancia, mediante el monitoreo preciso y riguroso de las condiciones de riesgo y las respectivas vulnerabilidades asociadas a la amenaza, coordinando y activando al Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SINAPRED) con el fin de actuar oportunamente frente a eventuales situaciones de emergencia”, informó Senapred.

Además y por este mismo sistema frontal, Senapred activó su Alerta Temprana Preventiva en las regiones del Biobío y Los Ríos, ésta última con altas posibilidades de tormentas eléctricas.

Fuente: El Desconcierto

Curacavi conmemora 50 Años en actividades sobre Reforma Agraria

Dentro de las actividades conmemorativas referidas a los 50 años del golpe de estado cívico militar, en Curacaví, la Coordinadora 50 años Curacavi y la BRP exUPLA de Valparaíso llevaron a cabo la realización de un mural en calle Presbítero Moraga con Francisco Saavedra. También se proyecta la realización de un conversatorio el próximo jueves 7 de septiembre a las 19:00 hrs, en el local Millantú, ubicado en Av Ambrosio O’Higgins 2094.

 

En la ocasión se tratará sobre el inicio, desarrollo, conflictos, contradicciones y fin del movimiento campesino en Curacaví durante la Reforma Agraria chilena, acontecida desde 1962 a 1973.

“Este movimiento social campesino, cambió la historia local reformando no sólo la estructura de la propiedad, sino la sociedad local y la economía local, expresándose mediante las luchas sindicales, la constitución de asentamientos campesinos, divisiones internas entre antiguos inquilinos y peones afuerinos, junto con las agrupaciones de centro y de izquierda, teniendo una relativa calma hasta el gobierno de la Unidad Popular, donde se agudizaron las diferencias entre el campesinado, hasta el fin del movimiento acontecido durante el Golpe de Estado de 1973 en Chile” en palabras de su expositor, el vecino de cerillos y magister Víctor Gálvez Valladares.

En el conversatorio a realizarse en el local Millantú por la Coordinadora 50 años Curacavi participarán además el sociólogo Antonio Elizalde así como actores directos locales del período de la Reforma Agraria y contará con la dirigente vecinal del sector Colo Colo de Pataguilla, Carolina Carrasco.

La reforma agraria y el movimiento campesino nacido al calor de su implementación tuvo gran impacto en Chile y localmente significó la transformación del “campesinado de Curacaví, constituido por inquilinos y peones, en un movimiento social agrario desde 1962 a 1967, partiendo con las reformas electorales de 1958, el apoyo de partidos políticos y movimientos proclives a reformas al agro y la sindicalización campesina, permitiendo que los campesinos tuvieran las herramientas necesarias para organizarse y transformarse en un movimiento social, realizando manifestaciones como la marcha a favor de las reformas al campo (1965), “toma” del fundo Miraflores (1966) hasta la promulgación de la Reforma Agraria en 1967, la conformación de los primeros sindicatos campesinos, las huelgas y “tomas”, el funcionamiento de los sindicatos y la constitución de los asentamientos, con las diferencias dentro de la constitución dentro de ellos y como se desarrolló en el campo el Golpe de Estado de 1973 en la comuna de Curacaví”, expresó el expositor Víctor Gálvez.

Autoridad provincial de Melipilla entrega balance tras frente de lluvias que afectaron a la provincia

  • Desbordes de canales y viviendas inundadas han sido las principales problemáticas de la Provincia de Melipilla, siendo las comunas de Melipilla y San Pedro las más afectadas.
  • Colegio Los Jazmines en Melipilla, Escuela El Prado en San Pedro, y el Juzgado de Policía Local en María Pinto han sido habilitados como albergues provisorios en caso de ser necesario.

La mañana de este miércoles autoridades efectuaron un balance tras las intensas precipitaciones que afectaron a la Provincia de Melipilla, la cual registró extensos cortes de luz, así como desbordes de canales y viviendas anegadas, producto del aumento de los causes de agua de diversas localidades del territorio.

La delegada presidencial provincial de Melipilla, Sandra Saavedra, detalló en punto de prensa que “se ha trabajado arduamente para poder abordar todas las situaciones que se han ido dando con este frente de lluvias, las cuales han sido bastante intensas y permanentes desde el día de ayer a la madrugada de este miércoles. Estamos evaluando constantemente lo que sucede con el Rio Maipo, y la situación que se pueda dar en la ribera”, agradeciendo con ello la labor realizada por los municipios de las cinco comunas, así como bomberos, ejército, y equipos territoriales de municipio y delegación.

En esta línea, la máxima autoridad provincial expuso que “en la provincia existen tres albergues: Colegio Los Jazmines en Melipilla, Escuela El Prado en San Pedro, y el Juzgado de Policía Local en María Pinto”, detallando que existen dos cuestas cerradas, “la Cuesta Alhué por desprendimiento de masa y caída de material en la ruta que la hacía peligrosa, y cuesta El Cepillo”, precisando que las inundaciones registradas en la provincia “son producto del aumento del volumen hídrico en canales y esteros, pero también existe un tema humano, porque no se efectuaron las limpiezas de estos sistemas de canalización de agua, lo que generó problemas para el natural cauce de las aguas lluvias”, haciendo un llamado a mantener limpias las acequias y a canalistas a realizar las labores dispuestas en la norma vigente.

La delegada provincial -tras la Alerta del Sistema de Emergencia (SAE) de SENAPRED que se activó a las 11:49 horas para Melipilla- reiteró el llamado a no acercarse a la ribera del Río Maipo, el cual ha visto aumentado su caudal, así evitar accidentes innecesarios, destacando que las personas deberán evacuar hacia la Medialuna de Chocalán si se requiere.

Por su parte, la alcaldesa de Melipilla, Lorena Olavarría, detalló que durante el COGRID comunal “se evaluó lo que ha sido parte del despliegue durante la noche, y principalmente lo que vamos a realizar durante el día. Hemos contado con el apoyo del ejército, y hemos podido desplegar la entrega de sacos de arena a distintos puntos de la comuna como Cholqui, Manantiales, Culiprán, Pabellón, El Tránsito (Pomaire), donde se generaron puntos de anegamiento y desbordes de canal. Hemos podido generar una coordinación muy buena con bomberos, delegación, carabineros, ejército y municipalidad para poder atender los puntos críticos durante la noche, que era principalmente ir a los lugares y entregar sacos de arena”.

En este aspecto, expuso que durante la jornada se terminará el diagnóstico de la comuna, “se generaron sobrevuelos de dron en distintos puntos, en este momento principalmente en la Ribera del Rio Mapo que representa un eventual riesgo, y esta coordinación es para generar la evacuación preventiva, así salvaguardar el bienestar de vecinas y vecinos”, puntualizando que se habilitó un albergue en liceo Los Jazmines, que cuenta con todo lo necesario para las familias, reiterando que las personas que tengan emergencia pueden comunicarse al número municipal 1452 de Seguridad Humana, 133 Carabineros, y 132 de Bomberos. 

Finalmente, Roberto Contreras, encargado provincial de la seremi de salud, agregó que “debido a la cantidad de agua caída, existe en varios lugares de la comuna y provincia afectados por el desborde del alcantarillado, por lo tanto, el equipo municipal como de Delegación solicitaron poder traer un equipo de epidemiologia para las viviendas y personas que se hayan visto afectadas  por inundaciones de aguas servidas, para que sean evaluadas, y en caso de ser necesario, realizar una vacunación en el sector contra la hepatitis”, indicando que si el agua ingresó a algún domicilio, se debe hacer limpieza con equipamiento como guantes y cloro, para evitar enfermedades por microorganismos.

Fuente: DPPM

Colapsa techo en estacionamiento de San Bernardo y aplasta autos en calle Arturo Prat

El hecho ocurrió cerca del mediodía, en un galpón. La ventisca hizo que la techumbre cayera sobre seis automóviles, aplastándolos y dejándolos atrapados.

SAN BERNARDO.- No solo las lluvias han afectado a la Región Metropolitana, sino también fuertes vientos, en el marco del sistema frontal que azota a la zona centro-sur del país. Tal es el caso de lo ocurrido en San Bernardo, luego de que el techo de un estacionamiento privado cediera, cayendo sobre algunos vehículos.

El hecho ocurrió cerca del mediodía, en un galpón. La ventisca hizo que la techumbre cayera sobre seis automóviles, aplastándolos y dejándolos atrapados.

Tras ser alertados de la emergencia, personal de Bomberos llegó al lugar para controlar la situación, poniendo soportes para que la estructura no continuara cediendo.

De acuerdo a lo señalado por el dueño de uno de los vehículos, ninguna persona resultó con lesiones producto del accidente.

Fuente: www.delh.cl

Notaria de Buin postula a Conservadora, cargo visado por Corte Suprema donde su marido es ministro

Myriam Escobar inició su postulación al Conservador de Bienes Raíces de Buin en noviembre. Pero el artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales inhabilitaría su presentación por motivos de parentesco, ya que es cónyuge del ministro de la Corte Suprema, Manuel Valderrama. A punto de configurarse la terna final, Escobar está entre las 15 personas preseleccionadas. Voces del servicio acusan una 'cocina judicial'.

Desde el 30 de septiembre de 2022, Myriam Escobar Díaz es la Conservadora interina de Bienes Raíces de Buin y Paine, tras la vacancia que dejó a mediados de año Elías Mohor. En paralelo, Escobar también es notaria de Buin, cargo que ostenta desde el 2 de febrero de 2008, recibiendo una doble renta.

Asimismo, mientras cumplía funciones como notaria y conservadora, Escobar participó en el concurso para escoger al próximo Conservador de Bienes Raíces de Buin. Instancia a la que postularon cerca de 170 personas y que en su etapa actual, tiene 15 postulantes, dentro de los cuales Escobar figura en el séptimo lugar.

Sin embargo, el cónyuge de Escobar es Manuel Valderrama Rebolledo, actual ministro de la Corte Suprema y con quien está casada desde el año 1985, según indica su certificado de matrimonio. Este vínculo, en virtud del artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales no permitiría la postulación de Escobar al cargo, pues indica: “No podrán ingresar en el Escalafón Secundario [entre ellos conservadores, notarios, archiveros] aquellos que sean cónyuges o tengan alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o fiscal judicial de la Corte Suprema o Corte de Apelaciones”. Por lo tanto, podría configurarse una inhabilidad en el cargo.

Este vínculo, en virtud del artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales no permitiría la postulación de Escobar al cargo, pues indica: “No podrán ingresar en el Escalafón Secundario [entre ellos conservadores, notarios, archiveros] aquellos que sean cónyuges o tengan alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o fiscal judicial de la Corte Suprema o Corte de Apelaciones”. Por lo tanto, podría configurarse una inhabilidad en el cargo.

Pese a ello, la palabra ‘ingresar’ del artículo 260 haría referencia al ‘ingreso’ de Escobar a la carrera notarial en 2008, en una comuna que administrativamente depende de la Corte de Apelaciones de San Miguel, momento en que Valderrama era ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo tanto, no había incompatibilidad legal.

No obstante, el 12 de agosto de 2015, Valderrama fue nombrado ministro de la Corte Suprema, institución que tiene toda la jurisdicción judicial nacional, por consiguiente, sobre la Corte de Apelaciones de San Miguel -organismo facultado para elaborar las ternas-, configurándose la inhabilidad para postular al cargo según lo indica precisamente el artículo 260.

«No podrá ingresar en el Escalafón del Personal de Empleados el que sea cónyuge o tenga un acuerdo de unión civil o alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o con el fiscal de la Corte Suprema o con algún miembro del Escalafón Primario que se desempeñe en el territorio jurisdiccional del cargo que se trata de proveer», indica el segundo párrafo del articulado.

Y cierra el artículo: «Del mismo modo, no puede ser incluido en terna ni ser nombrado en el referido escalafón aquel que sea cónyuge o tenga un acuerdo de unión civil o alguno de los parentescos o vínculos indicados en el inciso anterior con quien, por razón de su cargo, deba o pueda participar en su calificación».

En ese aspecto, entre los requisitos de postulación al concurso, los interesados deben adjuntar y firmar distintas declaraciones juradas para avanzar el proceso, una de ellas corresponde al artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales , el que según las mismas bases del concurso supone incompatibilidad. Esto quiere decir que para avanzar en el proceso, Escobar tuvo que firmar dicha declaración y que, de no haber constatado el parentesco, podría incurrir en un falso testimonio según lo dispone el artículo 210 del Código Penal, Por el contrario, de haber sido señalado, quiere indicar que pese a la prohibición expresa del artículo 260, pudo continuar en el proceso.

Por otra parte, según indica el Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema tiene entre sus atribuciones conocer las reclamaciones que algún funcionario judicial -de cualquier escalafón- haya realizado con la intención de apelar una calificación.

Otra de sus atribuciones, detallada en el artículo 96 del Código en cuestión, señala que la Corte Suprema debe conocer los ‘juicios de amovilidad fallados por la Corte de Apelaciones’, un procedimiento que determina si un juez, funcionario del orden judicial o auxiliares de la Administración de Justicia, tienen o no el buen comportamiento exigido constitucionalmente como condición para su permanencia en el cargo.

En ese sentido, el superior jerárquico podría ejercer sus facultades administrativas y disciplinarias y aplicar una remoción. Por ende -indican fuentes institucionales-, es difícil que un ministro de corte califique negativamente a la cónyuge de un supremo, justamente, su superior jerárquico.

Para que un postulante pase la etapa debe ser capaz de superar el puntaje de corte de cada una de ellas. En la prueba de habilidades y destrezas el puntaje de corte fue 13.1, que no fue alcanzado por Escobar que obtuvo 10.90. Funcionarios del servicio señalan que Escobar estaba molesta por haber quedado fuera del concurso, pero aún sin alcanzar el puntaje, continúo dentro del proceso.

Respecto a las bases del concurso, existen diferentes tipos de pruebas que deben rendirse de manera consecutiva y necesariamente se debe aprobar la etapa anterior para avanzar a la siguiente. A saber, las etapas son: postulación, evaluación curricular, examen de conocimientos, evaluación de habilidades y destrezas, evaluación psicolaboral, lista de preselección [donde se encuentra Escobar] y audiencia pública.

Para que un postulante pase la etapa debe ser capaz de superar el puntaje de corte de cada una de ellas y finalmente se seleccionan los 15 mejores. En este concurso la prueba de habilidades y destrezas tuvo un puntaje de corte de 13.1, que no fue alcanzado por Escobar que obtuvo 10.90. Funcionarios del servicio señalan que Escobar estaba molesta por haber quedado fuera del concurso, pero aún sin alcanzar el puntaje continuó dentro del proceso.

Pero Escobar no fue la única, también avanzaron otras cinco personas que no alcanzaron el puntaje de corte indicado: Nicolás Arrieta (notario de Antofagasta), Carlos López, Maximiliano Winter, Nicolás Constenla (notario de Chanco) y Fernando Gomila (notario de Illapel).

De pasar alguno de estos nombres a la terna, la situación tiene un precedente, pues en febrero de 2021 una resolución de la Corte Suprema acogió una reclamación efectuada contra una terna compuesta con candidatos que no habían alcanzado el puntaje de corte correspondiente.

El documento, detalla en el tercer punto lo siguiente: “Que en tales condiciones, al incluir en el tercer lugar de la terna a una concursante que no avanzó en las diferentes etapas del concurso porque no superó el puntaje de corte mínimo previsto en la prueba de habilidades y destrezas, resulta evidente que se ha infringido la normativa que rige el concurso en análisis”.

Según las mismas bases del concurso, una vez terminadas todas las evaluaciones no pueden pasar menos de nueve personas ni más de 15. Lo que permitiría que el concurso se pudiera realizar sin las seis personas que no superaron el puntaje de corte en la prueba de habilidad y destreza.

En ese sentido, las mismas fuentes del servicio, señalan que Valderrama -cónyuge de Escobar y ministro de la Corte Suprema- habría efectuado llamados telefónicos hacia los ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel, la autoridad facultada para formar la terna, solicitando realizar “una terna fácil para la Myriam [Escobar]” y que pudiera ser nombrada sin mayores dificultades por el ministro de Justicia, quien en virtud de los antecedentes presentados y las evaluaciones decide un nombre.

Es probable que Valderrama se inhabilite debido a su vínculo con Escobar, pero fuentes del servicio aseguran que independiente de ello los votos “igual estarían”, pues es parte de una ‘cocina judicial’. Esto es corroborado por otras voces del servicio consultadas por esta redacción.

De todas formas, una fuente asegura haber visto redactada una solicitud de traslado por parte de Escobar para el Conservador de Buin, solicitud que resuelve y aprueba la Corte Suprema.

Dicha intención, señalan fuentes del servicio, fue conocida por algunos supremos que estaban en conocimiento de esa situación. Traslado que de ser aprobado, aseguran desde la interna, implicaría asumir el cargo sin necesidad de un concurso o proceso de postulación, pues solo bastaría la aprobación del pleno de la Corte Suprema para confirmar su petición.

Según dispone el artículo 310 del Código Orgánico de Tribunales: «El Presidente de la República, a propuesta o con el acuerdo de la Corte Suprema, podrá ordenar el traslado de los funcionarios o empleados judiciales comprendidos en este Código a otro cargo de igual categoría. En la misma forma podrá autorizar las permutas que soliciten funcionarios de igual categoría». Lo que es efectivo en el caso de Escobar, pues su solicitud implica un cambio a otro cargo de la misma categoría dentro del escalafón y que además se encuentra vacante.

Interferencia contactó a Myriam Escobar de manera telefónica, pero declinó referirse al artículo por encontrarse en medio del proceso de evaluación.

Fuente: Interferencia /

Desde el 30 de septiembre de 2022, Myriam Escobar Díaz es la Conservadora interina de Bienes Raíces de Buin y Paine, tras la vacancia que dejó a mediados de año Elías Mohor. En paralelo, Escobar también es notaria de Buin, cargo que ostenta desde el 2 de febrero de 2008, recibiendo una doble renta.

Asimismo, mientras cumplía funciones como notaria y conservadora, Escobar participó en el concurso para escoger al próximo Conservador de Bienes Raíces de Buin. Instancia a la que postularon cerca de 170 personas y que en su etapa actual, tiene 15 postulantes, dentro de los cuales Escobar figura en el séptimo lugar.

Sin embargo, el cónyuge de Escobar es Manuel Valderrama Rebolledo, actual ministro de la Corte Suprema y con quien está casada desde el año 1985, según indica su certificado de matrimonio. Este vínculo, en virtud del artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales no permitiría la postulación de Escobar al cargo, pues indica: “No podrán ingresar en el Escalafón Secundario [entre ellos conservadores, notarios, archiveros] aquellos que sean cónyuges o tengan alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o fiscal judicial de la Corte Suprema o Corte de Apelaciones”. Por lo tanto, podría configurarse una inhabilidad en el cargo.

Este vínculo, en virtud del artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales no permitiría la postulación de Escobar al cargo, pues indica: “No podrán ingresar en el Escalafón Secundario [entre ellos conservadores, notarios, archiveros] aquellos que sean cónyuges o tengan alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o fiscal judicial de la Corte Suprema o Corte de Apelaciones”. Por lo tanto, podría configurarse una inhabilidad en el cargo.

Pese a ello, la palabra ‘ingresar’ del artículo 260 haría referencia al ‘ingreso’ de Escobar a la carrera notarial en 2008, en una comuna que administrativamente depende de la Corte de Apelaciones de San Miguel, momento en que Valderrama era ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo tanto, no había incompatibilidad legal.

No obstante, el 12 de agosto de 2015, Valderrama fue nombrado ministro de la Corte Suprema, institución que tiene toda la jurisdicción judicial nacional, por consiguiente, sobre la Corte de Apelaciones de San Miguel -organismo facultado para elaborar las ternas-, configurándose la inhabilidad para postular al cargo según lo indica precisamente el artículo 260.

«No podrá ingresar en el Escalafón del Personal de Empleados el que sea cónyuge o tenga un acuerdo de unión civil o alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o con el fiscal de la Corte Suprema o con algún miembro del Escalafón Primario que se desempeñe en el territorio jurisdiccional del cargo que se trata de proveer», indica el segundo párrafo del articulado.

Y cierra el artículo: «Del mismo modo, no puede ser incluido en terna ni ser nombrado en el referido escalafón aquel que sea cónyuge o tenga un acuerdo de unión civil o alguno de los parentescos o vínculos indicados en el inciso anterior con quien, por razón de su cargo, deba o pueda participar en su calificación».

En ese aspecto, entre los requisitos de postulación al concurso, los interesados deben adjuntar y firmar distintas declaraciones juradas para avanzar el proceso, una de ellas corresponde al artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales , el que según las mismas bases del concurso supone incompatibilidad. Esto quiere decir que para avanzar en el proceso, Escobar tuvo que firmar dicha declaración y que, de no haber constatado el parentesco, podría incurrir en un falso testimonio según lo dispone el artículo 210 del Código Penal, Por el contrario, de haber sido señalado, quiere indicar que pese a la prohibición expresa del artículo 260, pudo continuar en el proceso.

Por otra parte, según indica el Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema tiene entre sus atribuciones conocer las reclamaciones que algún funcionario judicial -de cualquier escalafón- haya realizado con la intención de apelar una calificación.

Otra de sus atribuciones, detallada en el artículo 96 del Código en cuestión, señala que la Corte Suprema debe conocer los ‘juicios de amovilidad fallados por la Corte de Apelaciones’, un procedimiento que determina si un juez, funcionario del orden judicial o auxiliares de la Administración de Justicia, tienen o no el buen comportamiento exigido constitucionalmente como condición para su permanencia en el cargo.

En ese sentido, el superior jerárquico podría ejercer sus facultades administrativas y disciplinarias y aplicar una remoción. Por ende -indican fuentes institucionales-, es difícil que un ministro de corte califique negativamente a la cónyuge de un supremo, justamente, su superior jerárquico.

Para que un postulante pase la etapa debe ser capaz de superar el puntaje de corte de cada una de ellas. En la prueba de habilidades y destrezas el puntaje de corte fue 13.1, que no fue alcanzado por Escobar que obtuvo 10.90. Funcionarios del servicio señalan que Escobar estaba molesta por haber quedado fuera del concurso, pero aún sin alcanzar el puntaje, continúo dentro del proceso.

Respecto a las bases del concurso, existen diferentes tipos de pruebas que deben rendirse de manera consecutiva y necesariamente se debe aprobar la etapa anterior para avanzar a la siguiente. A saber, las etapas son: postulación, evaluación curricular, examen de conocimientos, evaluación de habilidades y destrezas, evaluación psicolaboral, lista de preselección [donde se encuentra Escobar] y audiencia pública.

Para que un postulante pase la etapa debe ser capaz de superar el puntaje de corte de cada una de ellas y finalmente se seleccionan los 15 mejores. En este concurso la prueba de habilidades y destrezas tuvo un puntaje de corte de 13.1, que no fue alcanzado por Escobar que obtuvo 10.90. Funcionarios del servicio señalan que Escobar estaba molesta por haber quedado fuera del concurso, pero aún sin alcanzar el puntaje continuó dentro del proceso.

Pero Escobar no fue la única, también avanzaron otras cinco personas que no alcanzaron el puntaje de corte indicado: Nicolás Arrieta (notario de Antofagasta), Carlos López, Maximiliano Winter, Nicolás Constenla (notario de Chanco) y Fernando Gomila (notario de Illapel).

De pasar alguno de estos nombres a la terna, la situación tiene un precedente, pues en febrero de 2021 una resolución de la Corte Suprema acogió una reclamación efectuada contra una terna compuesta con candidatos que no habían alcanzado el puntaje de corte correspondiente.

El documento, detalla en el tercer punto lo siguiente: “Que en tales condiciones, al incluir en el tercer lugar de la terna a una concursante que no avanzó en las diferentes etapas del concurso porque no superó el puntaje de corte mínimo previsto en la prueba de habilidades y destrezas, resulta evidente que se ha infringido la normativa que rige el concurso en análisis”.

Según las mismas bases del concurso, una vez terminadas todas las evaluaciones no pueden pasar menos de nueve personas ni más de 15. Lo que permitiría que el concurso se pudiera realizar sin las seis personas que no superaron el puntaje de corte en la prueba de habilidad y destreza.

En ese sentido, las mismas fuentes del servicio, señalan que Valderrama -cónyuge de Escobar y ministro de la Corte Suprema- habría efectuado llamados telefónicos hacia los ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel, la autoridad facultada para formar la terna, solicitando realizar “una terna fácil para la Myriam [Escobar]” y que pudiera ser nombrada sin mayores dificultades por el ministro de Justicia, quien en virtud de los antecedentes presentados y las evaluaciones decide un nombre.

Es probable que Valderrama se inhabilite debido a su vínculo con Escobar, pero fuentes del servicio aseguran que independiente de ello los votos “igual estarían”, pues es parte de una ‘cocina judicial’. Esto es corroborado por otras voces del servicio consultadas por esta redacción.

De todas formas, una fuente asegura haber visto redactada una solicitud de traslado por parte de Escobar para el Conservador de Buin, solicitud que resuelve y aprueba la Corte Suprema.

Dicha intención, señalan fuentes del servicio, fue conocida por algunos supremos que estaban en conocimiento de esa situación. Traslado que de ser aprobado, aseguran desde la interna, implicaría asumir el cargo sin necesidad de un concurso o proceso de postulación, pues solo bastaría la aprobación del pleno de la Corte Suprema para confirmar su petición.

Según dispone el artículo 310 del Código Orgánico de Tribunales: «El Presidente de la República, a propuesta o con el acuerdo de la Corte Suprema, podrá ordenar el traslado de los funcionarios o empleados judiciales comprendidos en este Código a otro cargo de igual categoría. En la misma forma podrá autorizar las permutas que soliciten funcionarios de igual categoría». Lo que es efectivo en el caso de Escobar, pues su solicitud implica un cambio a otro cargo de la misma categoría dentro del escalafón y que además se encuentra vacante.

Interferencia contactó a Myriam Escobar de manera telefónica, pero declinó referirse al artículo por encontrarse en medio del proceso de evaluación.

Fuente: Interferencia. /

Desde el 30 de septiembre de 2022, Myriam Escobar Díaz es la Conservadora interina de Bienes Raíces de Buin y Paine, tras la vacancia que dejó a mediados de año Elías Mohor. En paralelo, Escobar también es notaria de Buin, cargo que ostenta desde el 2 de febrero de 2008, recibiendo una doble renta.

Asimismo, mientras cumplía funciones como notaria y conservadora, Escobar participó en el concurso para escoger al próximo Conservador de Bienes Raíces de Buin. Instancia a la que postularon cerca de 170 personas y que en su etapa actual, tiene 15 postulantes, dentro de los cuales Escobar figura en el séptimo lugar.

Sin embargo, el cónyuge de Escobar es Manuel Valderrama Rebolledo, actual ministro de la Corte Suprema y con quien está casada desde el año 1985, según indica su certificado de matrimonio. Este vínculo, en virtud del artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales no permitiría la postulación de Escobar al cargo, pues indica: “No podrán ingresar en el Escalafón Secundario [entre ellos conservadores, notarios, archiveros] aquellos que sean cónyuges o tengan alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o fiscal judicial de la Corte Suprema o Corte de Apelaciones”. Por lo tanto, podría configurarse una inhabilidad en el cargo.

Este vínculo, en virtud del artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales no permitiría la postulación de Escobar al cargo, pues indica: “No podrán ingresar en el Escalafón Secundario [entre ellos conservadores, notarios, archiveros] aquellos que sean cónyuges o tengan alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o fiscal judicial de la Corte Suprema o Corte de Apelaciones”. Por lo tanto, podría configurarse una inhabilidad en el cargo.

Pese a ello, la palabra ‘ingresar’ del artículo 260 haría referencia al ‘ingreso’ de Escobar a la carrera notarial en 2008, en una comuna que administrativamente depende de la Corte de Apelaciones de San Miguel, momento en que Valderrama era ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo tanto, no había incompatibilidad legal.

No obstante, el 12 de agosto de 2015, Valderrama fue nombrado ministro de la Corte Suprema, institución que tiene toda la jurisdicción judicial nacional, por consiguiente, sobre la Corte de Apelaciones de San Miguel -organismo facultado para elaborar las ternas-, configurándose la inhabilidad para postular al cargo según lo indica precisamente el artículo 260.

«No podrá ingresar en el Escalafón del Personal de Empleados el que sea cónyuge o tenga un acuerdo de unión civil o alguno de los parentescos o vínculos indicados en el artículo anterior con algún ministro o con el fiscal de la Corte Suprema o con algún miembro del Escalafón Primario que se desempeñe en el territorio jurisdiccional del cargo que se trata de proveer», indica el segundo párrafo del articulado.

Y cierra el artículo: «Del mismo modo, no puede ser incluido en terna ni ser nombrado en el referido escalafón aquel que sea cónyuge o tenga un acuerdo de unión civil o alguno de los parentescos o vínculos indicados en el inciso anterior con quien, por razón de su cargo, deba o pueda participar en su calificación».

En ese aspecto, entre los requisitos de postulación al concurso, los interesados deben adjuntar y firmar distintas declaraciones juradas para avanzar el proceso, una de ellas corresponde al artículo 260 del Código Orgánico de Tribunales , el que según las mismas bases del concurso supone incompatibilidad. Esto quiere decir que para avanzar en el proceso, Escobar tuvo que firmar dicha declaración y que, de no haber constatado el parentesco, podría incurrir en un falso testimonio según lo dispone el artículo 210 del Código Penal, Por el contrario, de haber sido señalado, quiere indicar que pese a la prohibición expresa del artículo 260, pudo continuar en el proceso.

Por otra parte, según indica el Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema tiene entre sus atribuciones conocer las reclamaciones que algún funcionario judicial -de cualquier escalafón- haya realizado con la intención de apelar una calificación.

Otra de sus atribuciones, detallada en el artículo 96 del Código en cuestión, señala que la Corte Suprema debe conocer los ‘juicios de amovilidad fallados por la Corte de Apelaciones’, un procedimiento que determina si un juez, funcionario del orden judicial o auxiliares de la Administración de Justicia, tienen o no el buen comportamiento exigido constitucionalmente como condición para su permanencia en el cargo.

En ese sentido, el superior jerárquico podría ejercer sus facultades administrativas y disciplinarias y aplicar una remoción. Por ende -indican fuentes institucionales-, es difícil que un ministro de corte califique negativamente a la cónyuge de un supremo, justamente, su superior jerárquico.

Para que un postulante pase la etapa debe ser capaz de superar el puntaje de corte de cada una de ellas. En la prueba de habilidades y destrezas el puntaje de corte fue 13.1, que no fue alcanzado por Escobar que obtuvo 10.90. Funcionarios del servicio señalan que Escobar estaba molesta por haber quedado fuera del concurso, pero aún sin alcanzar el puntaje, continúo dentro del proceso.

Respecto a las bases del concurso, existen diferentes tipos de pruebas que deben rendirse de manera consecutiva y necesariamente se debe aprobar la etapa anterior para avanzar a la siguiente. A saber, las etapas son: postulación, evaluación curricular, examen de conocimientos, evaluación de habilidades y destrezas, evaluación psicolaboral, lista de preselección [donde se encuentra Escobar] y audiencia pública.

Para que un postulante pase la etapa debe ser capaz de superar el puntaje de corte de cada una de ellas y finalmente se seleccionan los 15 mejores. En este concurso la prueba de habilidades y destrezas tuvo un puntaje de corte de 13.1, que no fue alcanzado por Escobar que obtuvo 10.90. Funcionarios del servicio señalan que Escobar estaba molesta por haber quedado fuera del concurso, pero aún sin alcanzar el puntaje continuó dentro del proceso.

Pero Escobar no fue la única, también avanzaron otras cinco personas que no alcanzaron el puntaje de corte indicado: Nicolás Arrieta (notario de Antofagasta), Carlos López, Maximiliano Winter, Nicolás Constenla (notario de Chanco) y Fernando Gomila (notario de Illapel).

De pasar alguno de estos nombres a la terna, la situación tiene un precedente, pues en febrero de 2021 una resolución de la Corte Suprema acogió una reclamación efectuada contra una terna compuesta con candidatos que no habían alcanzado el puntaje de corte correspondiente.

El documento, detalla en el tercer punto lo siguiente: “Que en tales condiciones, al incluir en el tercer lugar de la terna a una concursante que no avanzó en las diferentes etapas del concurso porque no superó el puntaje de corte mínimo previsto en la prueba de habilidades y destrezas, resulta evidente que se ha infringido la normativa que rige el concurso en análisis”.

Según las mismas bases del concurso, una vez terminadas todas las evaluaciones no pueden pasar menos de nueve personas ni más de 15. Lo que permitiría que el concurso se pudiera realizar sin las seis personas que no superaron el puntaje de corte en la prueba de habilidad y destreza.

En ese sentido, las mismas fuentes del servicio, señalan que Valderrama -cónyuge de Escobar y ministro de la Corte Suprema- habría efectuado llamados telefónicos hacia los ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel, la autoridad facultada para formar la terna, solicitando realizar “una terna fácil para la Myriam [Escobar]” y que pudiera ser nombrada sin mayores dificultades por el ministro de Justicia, quien en virtud de los antecedentes presentados y las evaluaciones decide un nombre.

Es probable que Valderrama se inhabilite debido a su vínculo con Escobar, pero fuentes del servicio aseguran que independiente de ello los votos “igual estarían”, pues es parte de una ‘cocina judicial’. Esto es corroborado por otras voces del servicio consultadas por esta redacción.

De todas formas, una fuente asegura haber visto redactada una solicitud de traslado por parte de Escobar para el Conservador de Buin, solicitud que resuelve y aprueba la Corte Suprema.

Dicha intención, señalan fuentes del servicio, fue conocida por algunos supremos que estaban en conocimiento de esa situación. Traslado que de ser aprobado, aseguran desde la interna, implicaría asumir el cargo sin necesidad de un concurso o proceso de postulación, pues solo bastaría la aprobación del pleno de la Corte Suprema para confirmar su petición.

Según dispone el artículo 310 del Código Orgánico de Tribunales: «El Presidente de la República, a propuesta o con el acuerdo de la Corte Suprema, podrá ordenar el traslado de los funcionarios o empleados judiciales comprendidos en este Código a otro cargo de igual categoría. En la misma forma podrá autorizar las permutas que soliciten funcionarios de igual categoría». Lo que es efectivo en el caso de Escobar, pues su solicitud implica un cambio a otro cargo de la misma categoría dentro del escalafón y que además se encuentra vacante.

Interferencia contactó a Myriam Escobar de manera telefónica, pero declinó referirse al artículo por encontrarse en medio del proceso de evaluación.

Fuente: Interferencia. / www.delh.cl / Foto referencial.

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