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Justicia establece que periodista desvinculada del Minvu por escribir "Plaza Dignidad" fue víctima de despido arbitrario

Fueron tres funcionarios quienes demandaron al Ministerio de Urbanismo (MINVU) por despido injustificado durante 2020, una de ellas, la periodista Andrea Elgueta, fue desvinculada por utilizar en sus redes sociales el nombre de «Plaza Dignidad». La justicia estableció que se trata de uno de los despidos injustificados ejecutados por el ministerio duranta la segunda administración de Sebastián Piñera.

Entre 2018 y 2022, en el mandato de Piñera, el MINVU, vivió una serie de demandas y condenas por despidos injustificados y vulneración de derechos fundamentales, todos generados durante el gobierno de Sebastián Piñera.

"Que un organismo del Estado sea condenado tres veces seguidas por haber violado derechos fundamentales de sus trabajadores debiese ser un escándalo. El Estado es el máximo garante de derechos, y no puede entenderse la indiferencia de las autoridades de vivienda que aún contando con sentencias que comprueban actos de corrupción administrativa, al día de hoy ni siquiera se haya ordenado una investigación. ¿Es ético que los abusadores mantengan sus cargos públicos? ¿Frente a la evidencia de que hubo irregularidades es una buena señal el silencio?", se pregunta Helena Gallegos Cordones, abogada de Andrea Elgueta Molina, periodista despedida del Minvu por haber escrito «Plaza Dignidad».

Cuando asumió Piñera en 2018, el funcionario municipal de Padre Hurtado, Boris Golppi, se convirtió en la máxima autoridad del Minvu RM, junto a Javier Acuña, como jefe de gabinete.

"Después de casi dos años de maltratos, Javier Acuña se va cuando todos los funcionarios de la Seremi en pleno se reúnen con el Subsecretario Guillermo Rolando a finales de 2019, quien recibió los testimonios de compañeros que dieron a conocer el clima de terror y maltrato que se había impuesto en la Seremi, solicitándole su intervención", cuenta Andrea Elgueta.

"El miedo era tremendo. Muchas funcionarias lograron escapar de la Seremi yéndose al Parquemet, o a oficinas regionales de Minvu. El clima era desesperante y nadie se atrevía a levantar la voz por miedo a represalias. Era muy común encontrarse compañeros afectados, llorando en los baños, ya que a esa altura se había normalizado el maltrato, machismo y violencia de género en la institución", agrega.

En ese escenario, asume el abogado Manuel José Errázuriz Tagle como nueva autoridad junto con el periodista Fernando Sánchez para «reponer las confianzas» al interior del MINVU RM. No obstante, esto no habría ocurrido y el clima laboral habría empeorado aún más por lo que se instruyó un sumario administrativo en contra de Sánchez

"Se acreditaron como indicios el hecho que la actora denunció, junto a otro grupo de funcionarias de la institución, situaciones de acoso laboral y maltrato respecto de algunas de sus jefaturas, el órgano inicia una investigación sumaria, que concluye con el sobreseimiento del sumario, sin adoptar medidas concretas y con una proximidad extremadamente curiosa, decide no renovar la contrata de una funcionaria que ya llevaba casi 5 años prestando funciones en la institución. (...) resulta a lo menos sospechoso que verificadas las denuncias, se decida no renovar la contrata. Además, debe considerarse que con anterioridad la actora contaba con calificación en Lista 1 y no existe mayor explicación de porqué de un momento a otro se le califica en la Lista 4, como queriendo justificar su desvinculación del Servicio", explicita la sentencia de Andrea Elgueta del 1er Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago firmada por la jueza Daniela Ramírez Marambio.

El polémico tuit de Plaza Dignidad

La sentencia de la periodista también manifiesta que: "Los fundamentos de la no renovación dicen relación con la emisión de dos mensajes a través de la red social Twitter (...)No existe proporcionalidad entre el historial de la carrera funcionaria de doña Andrea Elgueta y la decisión de no renovar su contrata (...) (lo que) permite tener por establecida la existencia de indicios de vulneración de derechos fundamentales", concluye.

Tres fallos seguidos

Tres jueces distintos condenaron al MINVU RM por los despidos vulneratorios de Johan Pozo, Marie Claire Dumont y Andrea Elgueta. Para la abogada defensora de los tres exfuncionarios, Helena Gallegos Cordones: "cada caso fue dando cuenta de la participación de un nombre que se repitió constantemente: el de Alejandro Inostroza, Jefe de Administración y Finanzas", observa.

"De la propia declaración del señor Inostroza se deja entrever desagrado por las licencias médicas de las que hizo uso el actor, y pese a que señala que no puede cuestionarlas, sí lo hace, pues duda de la veracidad de ellas, de los que se advierte una desvinculación no solo injustificada, sino además discriminatoria". Y prosigue: "teniendo especialmente presente que se ha acreditado el acoso y afectación de la integridad síquica del actor que culminó con el término de la contrata con carácter vulneratorio de sus derechos fundamentales", estipula le sentencia de Johan Pozo, firmada por la jueza Andrea Silva Ahumada.

"La decisión de no renovar la contrata de la Sra. Dumont corresponde a una represalia por haber participado ésta en los reclamos en contra del Sr. Sánchez y de sus antecesores, que implicaron la necesidad de realizar un procedimiento disciplinario respecto del primero", establece la sentencia de Marie Claire Dumont, firmada por el juez Pablo Gómez Zárate.

"En los casos de Andrea y Marie Claire, el señor Inostroza fue el fiscal del sumario administrativo, donde tuvimos a la vista la prueba que mientras lideraba la investigación por acoso laboral como fiscal, de manera paralela ejecutaba administrativamente la no renovación de las contratas de las denunciantes en su calidad de Jefe de Administración y Finanzas. Uno esperaría que la nueva administración del MINVU RM inicie una investigación para despejar cualquier acto reñido con la probidad administrativa", observa Gallegos.

Fuente: www.resumen.cl

  • Publicado en Nacional

¿Quién pagará la cuenta de la luz en el teletrabajo?

La implementación del teletrabajo no solo vulnera las condiciones de trabajo que acordaron empleadores y empleados cuando pactaron su relación laboral –condiciones que, de por sí, ya estaban viciadas por la necesidad económica–, sino que además disminuye el salario de estos últimos de forma indirecta, a la par que aumenta las ganancias de los primeros, mediante el traspaso de las costas operacionales a los segundos. Gracias al teletrabajo, el empleador se ahorra los gastos inherentes al desarrollo de su negocio, como son, por ejemplo, el desgaste del mobiliario y los servicios básicos. Pero como dichos gastos no desaparecen, cabe preguntarnos: ¿quién los paga? La respuesta es clara: los trabajadores.

El traspaso de labores al domicilio de los trabajadores también acarrea el traspaso de las costas asociadas al cumplimiento de dichas funciones. Así, parte de los llamados “gastos operacionales” dejan de correr por cuenta del empleador, volviéndose responsabilidad de los empleados. Por tanto, lejos de tratarse de un fenómeno contingente –ante el caso, asociado a la pandemia del coronavirus–, la implementación del teletrabajo responde a una de las tendencias históricas fundamentales del capitalismo: la disminución salarial. Disminuyendo los salarios, la burguesía compensa la caída en sus tasas de ganancia –que no necesariamente implican pobreza, pero sí una merma en la acumulación de dinero–, cargándole al proletariado el peso de sus crisis. Eso quiere decir que, con pretexto en el coronavirus, estamos en presencia de una medida propia del régimen capitalista, concebida para garantizar las condiciones de su reproducción.

La implementación del teletrabajo ya estaba en la mira del FMI mucho antes que estallara el coronavirus. No obstante, debido a la envergadura de sus vulneraciones –que nos devolvían a un régimen laboral similar al de las hilanderas durante el siglo XIX–, difícilmente podría implementarse sin recibir una dura resistencia en cada país. No obstante, debido al escenario social que generó la pandemia, la burguesía internacional aprovechó para avanzar bastante en esta materia, sirviéndose de la calma que le otorgó la desmovilización popular para realizar sus reformas laborales. Por tanto, lejos de tratarse de una medida provisoria concebida para “mantener a las naciones andando durante el coronavirus”, el teletrabajo es uno de los tantos recursos utilizados por el capitalismo para mantener el régimen de explotación que lo alimenta.

Dicho esto, solo basta preguntarnos quién pagará la cuenta de la luz en el teletrabajo para descubrir los intereses involucrados tras su implementación. Por esa razón, además de resistir sus embates, urge denunciar esta realidad, haciendo que la población comprenda de qué se trata. No olvidemos que, junto a la disminución salarial, el teletrabajo merma las condiciones sociales que requieren los trabajadores como clase para enfrentar a sus patrones, debilitando sus instrumentos de combate. Encerrados en sus casas, separados entre sí, los obreros pierden el contacto directo que necesitan para organizarse en sindicatos u otras agrupaciones idóneas para responder colectivamente a sus adversarios. Aunque útiles, las redes virtuales no suplen el encuentro presencial ni la organización popular, pues carecen de la fuerza necesaria para frenar los excesos empresariales o estatales. De ahí que también debamos preguntarnos por sus respectivos límites, o de lo contrario, no percibiremos la gravedad de los efectos sociales atomizadores del teletrabajo.

Considerando lo anterior, es indispensable repetir la pregunta que titula esta intervención: ¿quién pagará la cuenta de la luz en el teletrabajo? De ese modo, podremos entender qué se juega realmente en su implementación, a la vez que generar las herramientas para revertirla.

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